El divorcio es la enfermería legal de las incompatibilidades del caracter.
(Amado Nervo)
Desde la entrada en vigor de la Ley Ley 15/2005 de 8 de julio, se puede solicitar el divorcio de mutuo acuerdo sin necesidad de acudir primero al trámite de la separación.

El divorcio es una de las formas mediante las que puede disolverse el vínculo matrimonial pudiendo ambos cónyuges volverse a unir en matrimonio; se da por roto el vínculo que unía a los cónyuges de un matrimonio válidamente celebrado. Las otras formas de disolución de ese vínculo matrimonial son, la muerte y la declaración de fallecimiento.

Existen dos tipos de divorcio desde el punto de vista jurídico, el que es solicitado unilateralmente por uno de los cónyuges (procedimiento contencioso) y el que se solicita de mutuo acuerdo por ambos cónyuges.


  REQUISITOS:  



1. Que exista acuerdo entre ambos cónyuges en cuanto al divorcio y a sus efectos

2. Transcurrir 3 meses desde la celebración del matrimonio

3. Presentar un Convenio Regulador junto con la demanda, en que deberán figurar:

    a. La determinación de la persona a cuyo cuidado hayan de quedar los hijos sujetos a patria potestad
        de ambos, el ejercicio de ésta y el régimen de visitas, comunicaciones y estancia de los hijos con el
        progenitor que no viva habitualmente con ellos.

    b. Quién se queda la vivienda y muebles familiares.

    c. La contribución a los costes que hasta ahora suponía el matrimonio, teniendo en cuenta los alimentos
        destinados a los hijos y los futuros costes que pueden suponer estos.

    d. La disolución de los bienes económicos matrimoniales.

    e. En el caso de que sea necesario, la pensión que se fijará al cónyuge al que la separación le suponga
        un empeoramiento económico al de su situación anterior en el matrimonio.

4. intervención de Abogado y Procurador, que puede ser el mismo para ambos.

5. Si se acudió a la separación previa de Mutuo Acuerdo, existirá ya un Convenio Regulador. En tal caso puede mantenerse tal y como está, o modificarlo totalmente o bien sólo una parte.

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