1. La patria potestad

¿Qué es?

Es el conjunto de derechos y deberes que el padre y/o la madre tienen sobre los bienes de sus hijos/as menores de edad.

Los padres la ejercerán siempre en beneficio de los/las hijos/as y de acuerdo con su personalidad.

Corresponde la patria potestad por igual a los progenitores, y esto implica que, viviendo juntos, las decisiones concernientes a los hijos no emancipados habrán de ser adoptadas de común acuerdo. En caso de desacuerdo, cualquiera de ellos podrá acudir al juez, quien atribuirá a uno la facultad de decidir. Si se mantienen los desacuerdos, podrá atribuir la potestad a uno o repartir entre ellos sus funciones. Si los padres se encuentran separados, se ejercerá por aquél que conviva con el hijo, con la participación del otro que fije el juez.

La patria potestad la reciben los padres en el momento de nacer el hijo; si éste es extramatrimonial, en cuanto lo reconocen. Se pierde la potestad sobre el menor por incumplir los deberes inherentes a ella, como consecuencia de una condena penal, o de la separación, disolución o nulidad del matrimonio. Se extingue por alcanzar el hijo la mayoría de edad o por la emancipación.

Titulares de la patria potestad

El padre y la madre.

Por lo general ambos la ejercerán conjuntamente sobre los hijos comunes.

En determinadas ocasiones la patria potestad podrá ser ejercida exclusivamente por uno de los progenitores (por ejemplo: por muerte de uno de los progenitores, porque un juez así lo haya decidido en sentencia judicial, etc.).

Obligaciones del padre y la madre derivadas de la patria potestad

La ley señala las siguientes:

Velar por los/las hijos/as: cuidarlos y atenderlos correctamente y con afecto.

Tenerlos en su compañía, siempre que sea posible (cuando los padres no viven juntos o están separados, el/la hijo/a vivirá, en la mayoría de los casos, con uno de los progenitores).

Alimentar a los/las hijos/as (casa, alimentación, vestido, educación, etc.), es decir, sufragar todos los gastos del hijo/a.

Educar a los/las hijos/as de forma integral.
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